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jueves, 28 de julio de 2011

"Váyase, señor González"


Continuamos con nuestra serie vacacional de frases famosas de la historia política española de los últimos cincuenta años, y lo hacemos con una relativamente reciente, de la primera mitad de la década de los noventa del siglo pasado, "Váyase, señor González", pronunciada por el entonces líder de la oposición y presidente del Partido Popular, José María Aznar, y dirigida al entonces presidente del gobierno, Felipe González.

Vivimos meses de fuerte controversia política en España, principalmente a partir de las críticas que se cruzan los dos grandes partidos políticos españoles, uno en el gobierno, otro en la oposición. En un sistema de democracia parlamentaria es un escenario relativamente normal, más allá de la repercusión mediática de alguna declaración altisonante. 

Hace algo más de década y media, PSOE y PP, en las mismas posiciones actuales, gobierno del Estado y oposición, se encontraban también inmersos en un fortísimo cruce de acusaciones. La España de la última legislatura de gobierno del PSOE con Felipe González como presidente, estuvo caracterizada por la existencia de una muy aguda crisis económica y el descubrimiento de algunos casos graves de corrupción (FILESA, Luis Roldán, Ibercorp...) y de guerra sucia contra el terrorismo de ETA por parte del estado (GAL). La oposición, entonces liderada por el Partido Popular de José María Aznar, aprovechó la situación para lanzar una muy fuerte campaña de erosión al gobierno. Este último se resistía a perder las elecciones, y a que la impopularidad  creciente del PSOE acabase desembocando en una derrota electoral. Fue esa campaña de acoso del PP y Aznar al gobierno la que en buena medida quedó caricaturizada por unacorta y muy contundente frase del líder popular pronunciada en el Congreso de los diputados: "Váyase, señor González". Para los seguidores del PP, era la expresión de una necesidad supuestamente sentida y percibida por la mayoría de la sociedad; para los socialistas, un enunciado simplista que encerraba la ausencia de ideas alternativas para la gestión del país y las ansias desmedidas de tomar el poder. En todo caso la frase fue exitosa, precisamente porque fue utilizada a conveniencia tanto por el autor y sus seguidores, de una parte, como por los supuestos destinatarios, de otra.

domingo, 10 de julio de 2011

Publicación de un artículo propio, "El tratamiento de la información y competencia digital en la E-A de la historia", en revista "Catharum"



Hace apenas unos días, el pasado 24 de junio, asistimos a la presentación del número 11 de la revista Catharum en la sede del Instituto de Estudios Hispánicos de Canarias (IEHCAN) del Puerto de la Cruz. El acto contó con la conferencia presentación de Juan Manuel Bello León, profesor titular de Historia Medieval de la Universidad de La Laguna. Entre los artículos que contiene la publicación se encuentra uno propio,  "El tratamiento de la información y competencia digital (TICD) en la enseñanza-aprendizaje de la historia en bachillerato" (2011: 57-67). Aprovechamos la ocasión para agradecer la deferencia del IEHCAN al publicar nuestra colaboración, y particularmente a su presidente, Nicolás Rodríguez Münzenmaier. 

jueves, 27 de agosto de 2009

Desaparece uno de los protagonistas de la Transición: Joaquín Ruiz-Giménez

Historia_a_por_todas, blog de aula especializado en Historia Contemporánea, ha dedicado muchos posts a la Transición Democrática de España. Poco a poco el paso del tiempo lleva a que algunos de sus protagonistas fallezcan y el hecho sea motivo para el recuerdo de aquella época. Hoy ha sido noticia la muerte de Joaquín Ruiz-Jiménez, uno de los fundadores del grupo de oposición democrática de finales del franquismo, Plataforma de Convergencia Democrática, como líder demócristiano, plataforma que posteriormente se integró en la unitaria Platajunta.

Ruiz-Jiménez, no obstante, no tuvo siempre una posición crítica con el franquismo. Al contrario, durante la Guerra Civil fue encarcelado en el Madrid republicano y logró huir a territorio controlado por el bando nacional con el cual combatió. En los años cuarenta y cincuenta ocupó cargos de responsabilidad política en la Dictadura, eso sí, dentro de la denominada familia católica del régimen. De hecho, fue uno de los negociadores del Concordato con la Santa Sede de 1953, un espaldarazo internacional de Franco tras años de aislamiento en la inmediata posguerra mundial. En 1951 fue nombrado ministro de Educación -cargo que le permitió, por ejemplo, acompañar a Franco en la visita que hizo éste a la Universidad de Salamanca para ser nombrado doctor honoris causa tal como vemos en el siguiente documental de NO-DO- pero en 1956 fue cesado por ser considerado excesivamente benévolo en la gestión de las protestas universitarias que surgieron en ese momento de orientación antifranquista.

Ya en los años sesenta inició un camino de crítica hacia la Dictadura con la que tan estrechamente había colaborado. Fundó la revista Cuadernos para el Diálogo, de orientación democristiana. Desde él inició la defensa de la democratización de España y la necesidad de conciliación entre derechas e izquierdas tras la Guerra Civil. Junto a Dionisio Ridruejo, tal vez fue el opositor antifranquista más famoso con pasado de estrecha participación estrecha en la dictadura. Destacó por su defensa pública de los derechos humanos en un contexto de frecuente atropello de éstos.

Fue uno de los dirigentes y candidatos de la Federación de la Democracia Cristiana en las elecciones democráticas a Cortes de 1977, grupo político coliderado con el ex dirigente de la CEDA durante la Segunda República, Gil-Robles. La opción centrista por él defendida cosechó un estrepitoso fracaso frente a la UCD de Adolfo Suárez. El revés llevó a Ruiz-Giménez a abandonar la política. Retornó, no obstante, en los años ochenta a la primera escena política gracias a ocupar el cargo de Defensor del pueblo, a propuesta del PSOE y con el respaldo de todas las fuerzas políticas democráticas del momento. Entre 1989 y 2001 fue presidente de UNICEF en España. Su obra intelectual y publicística es considerable. Su biblioteca personal la donó a la Universidad Autónoma de Madrid y su archivo personal, a la Universidad Carlos III.

miércoles, 19 de agosto de 2009

Elecciones democráticas en España: autonómicas vascas de 1980

Uno de los pasos simbólicos de la Transición democrática española fue la legalización de la ikurriña, bandera y símbolo del nacionalismo vasco. Sucedio a principios de 1977 y supuso un paso hacia el reconocimiento del autogobierno vasco que concluyó con la aprobación del denominado Estatuto de autonomía de Guernica, actualmente vigente, en 1979. A través de él, y en el marco de la Constitución española de 1978, se reconocía el derecho al autogobierno de las provincias o territorios históricos de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, agrupados en una comunidad autónoma cuya denominación más habitual para los nacionalistas fue la de Euskadi, y para los no nacionalistas, País Vasco. Navarra, en donde una parte de la población compartía y comporte aún actualmente una voluntad de vínculo con el País Vasco, quedó fuera y se constituyó en una comunidad autónoma, la Comunidad Foral de Navarra, por voluntad de sus representantes políticos democráticamente elegidos. En todo caso, el actual estatuto autonómico vasco reconoce la opción y el derecho de los navarros, si lo desearan, de incorporarse a la Comunidad autónoma vasca de acuerdo al procedimiento establecido en la disposición transitoria cuarta de la actual constitución española.

Antes de la aprobación del Estatuto de Guernica, en el País Vasco el Gobierno reconoció provisionalmente la preautonomía vasca a través del denominado Consejo General Vasco. A diferencia de Cataluña, donde se produjo el restablecimiento del órgano de autogobierno anterior a la ocupación franquista, en el País Vasco no sucedió igual. El Gobierno vasco en el exilio, controlado por el PNV, se mantuvo en funciones hasta las primeras elecciones autonómicas vascas, aunque ya en ese momento más con un valor simbólico que ejecutivo. El País Vasco había contado con estatuto autonómico y gobierno propio durante unos meses en la zona republicana de la Guerra Civil, bajo la presidencia del miembro del PNV José Antonio Aguirre.

El Estatuto de Guernica fue aprobado por las Cortes Generales y ratificado por los vascos en referéndum. UCD y PSOE apoyaron el proyecto, al igual que el PNV -que lo negoció de modo muy directo-, entonces liderado por Xabier Arzallus. El PNV, que era la fuerza política principal, se había abstenido en el referendum constitucional por no considerar suficiente el reconocimiento que se hacía de los derechos históricos forales en él, sin aceptación interpretativa del derecho a la autodeterminación dentro del Estado español. ETA y su brazo político, Herri Batasuna, se opusó frontalmente al proceso autonómico vasco pues aspiraba a lograr la independencia por la fuerza e intensificó la actividad terrorista que ya había iniciado en el franquismo.

Al final, las elecciones autonómicas para la elección del primer Parlamento Vasco, se desarrollaron el día 19 de enero de 1980. La victoria fue para el Partido Nacionalista Vasco (EAJ-PNV), que obtuvo 25 de los 60 diputados electos. La segunda posición parlamentaria fue para Herri Batasuna, que logró 11, seguida por el Partido Socialista de Euskadi (PSE-PSOE), con 9 diputados, Unión de Centro Democrático (UCD), 6, y Euskadiko Ezquerra, también con 6 diputados. Por tanto, los nacionalistas, democráticos y no democráticos, gozaron de una amplísima mayoría parlamentaria. Como Herri Batasuna no asistió al Parlamento Vasco, el PNV, de facto, tuvo mayoría absoluta, y sin ninguna dificultad logró situar a su candidato Karlos Garaikoetxea como presidente vasco o lehendakari. De hecho, los nacionalistas del PNV han mantenido la dirección del gobierno vasco hasta las últimas elecciones de 2009, tras las cuales ha sido investido lehendakari el socialista Patxi López.

domingo, 9 de agosto de 2009

Elecciones democráticas en España: municipales de 1979

Regresamos de unos días de vacaciones y lo hacemos con una nueva serie, en la que vamos a abordar las elecciones de la actual etapa democrática española, empezando por la Transición. Y en buena medida, la búsqueda de información nos ha permitido conocer en profundidad una iniciativa que merece reconocimiento: el archivo documental de RTVE que podemos consultar directamente a través de su portal Web.

Entre los recursos que aquí incorporamos destacamos estos dos vídeos de TVE que recuerdan la celebración de las primeras elecciones municipales democráticas tras la Dictadura de Franco, de abril de 1979. También incluimos dos interesantísimos registros de audio de la publicidad electoral de esas mismas elecciones de Unión de Centro Democrático (UCD), Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y el Partido Comunista de España (PCE).

Anuncio electoral de UCD (municipales, 1979)

Anuncio electoral de PSOE (municipales, 1979)

Anuncio electoral de PCE (municipales, 1979)

Las elecciones municipales de 1979 permitieron la elección democrática de los concejales de todos los ayuntamientos españoles. De entre ellos, se elegía -hoy sigue siendo así- al alcalde. Durante la Dictadura, la representación en los ayuntamientos era corporativa; los concejales no eran elegidos democráticamente. El alcalde, en las capitales de provincia, era elegido directamente por el Gobierno, y en los restantes municipios, por el Gobernador Civil y Jefe Provincial del Movimiento. Los alcaldes eran, a su vez, jefes locales del Movimiento Nacional, o sea, del entramado político-institucional de la Dictadura.

El resultado de las primeras elecciones municipales democráticas dió como vencedora a la Unión de Centro Democrático, partido gobernante y que acababa de ganara las elecciones generales de marzo de 1979. Superó holgadamente en votos y en concejales al PSOE. No obstante, cuando se constituyeron los ayuntamientos, en muchas grandes ciudades, la unión de los concejales del PSOE con el PCE dio la mayoría a la izquierda.

jueves, 10 de julio de 2008

Congresos del PSOE y PP




En estas últimas semanas los dos principales partidos políticos españoles, PSOE y PP, han celebrado sus congresos. El congreso en un partido político democrático se constituye como el máximo órgano de representación y participación de sus militantes. Normalmente se celebra cada 2 ó 3 años, según los estatutos que tenga cada partido, y su principal función está en la elección de los órganos permanentes de dirección y especialmente de la máxima autoridad del partido, en el caso del Partido Popular, su Presidente, en el caso del PSOE, su Secretario General. También, a través de la aprobación de ponencias, cada partido aprovecha su congreso para fijar sus bases programáticas, qué propuestas presentan para ser llevadas a la práctica en caso de ocupar el poder en el periodo que media entre ese congreso y el siguiente.

En situaciones de crisis de un partido, por ejemplo, motivada por la dimisión anticipada de su máximo responsable, cabe la celebración de un congreso extraordinario. Ejemplos de congresos extraordinarios, tanto del PP como del PSOE, hay: por ejemplo, en 2000, el PSOE en su XXXV Congreso eligió a Rodríguez Zapatero como Secretario General del partido tras la derrota en las elecciones generales de 2000 y consiguiente dimisión de Joaquín Almunia. El Partido Popular celebró en Sevilla en 1990 un congreso extraordinario (X Congreso) en el que el entonces Presidente el partido, Manuel Fraga, cedió el puesto de máximo dirigente a José María Aznar.

domingo, 8 de junio de 2008

Repaso de conceptos y errores: integración en Europa

"El genio se compone del dos por ciento de talento y
del noventa y ocho por ciento de perseverante aplicación."
Beethoven


La Transición Democrática marcó un cambio muy profundo en las relaciones internacionales de España. Durante la Dictadura de Franco nuestra presencia exterior fue limitada. A duras penas se superó el aislamiento decretado por la ONU en la posguerra mundial. Sólo gracias al apoyo de EE.UU. fue posible recuperar un alineamiento con Occidente, aunque siempre España fue un aliado menor en la Guerra Fría. Por ejemplo, España no formó parte de la OTAN durante todo ese periodo.

Cuando España supera la Dictadura y entra en el actual periodo democrático, dos son los temas que más interés suscitan en el ámbito de la política exterior: el ingreso en la Comunidad Económica Europea (CEE), antecesora de la actual Unión Europea, y el ingreso en la OTAN. En el primero de los casos la unanimidad política era total y el respaldo social, amplísimo. Para muchos españoles, ya desde el franquismo, el ingreso en la CEE simbolizaba insertar a España en el progreso y la prosperidad de Europa occidental, vincularnos con los países y las sociedades de una de las áreas más desarrolladas del mundo de entonces y de ahora. El ingreso en la OTAN, en cambio, era más polémico. La izquierda, muy distante de EE.UU. por su apoyo a Franco durante décadas, veía con buenos ojos aprovechar la oportunidad de la Transición para situar a España en una posición de neutralidad en la Guerra Fría. Estados como Austria o Finlandia tenían por entonces un status de neutralidad reconocido por las dos superpotencias en ese sentido. El centro y la derecha, en cambio, creían que precisamente había que caminar en sentido contrario, y con firmeza: nuestros vínculos con el sistema de valores de occidente (democracia liberal, capitalismo...) eran de tal naturaleza que ahora estaba plenamente justificado el ingreso en la OTAN, asumiendo los compromisos de los restantes países de Europa occidental miembros de la organización defensiva. El Gobierno de Suárez no dio el paso, pero sí lo hizo Calvo Sotelo en 1982, eso sí, con la oposición de la izquierda que, en el caso del PSOE y Felipe González se comprometieron a convocar un referéndum si llegaban al poder para sacar al país de la OTAN. Llegaron los socialistas al poder, tras las elecciones generales de 1982, y en su programa se incluía la celebración de dicho referéndum. Eran años de crisis económica, de cierta inestabilidad política y de negociaciones muy duras para el ingreso en la CEE. Finalmente Felipe González dio un giro a su planteamiento, en buena medida a causa de la presión de estados miembros de la CEE que no comprendían la posición española en relación con la OTAN, y convocó el referéndum, sí, pero no para pedir la salida sino la permanencia, eso sí, con ciertas condiciones: retirada progresiva de los norteamericanos de las bases conjuntas, desnuclearización, no ingreso en la estructura de mando militar de la Alianza. El referéndum se celebró finalmente a principios de 1986, siendo España ya miembro de la CEE, y el resultado, por margen algo ajustado, favoreció al Gobierno y su propuesta de permanencia. En el País Vasco, Navarra, Cataluña y Canarias, en cambio, triunfó el no.

Repaso de conceptos: la constitución (II)

"La calidad nunca es un accidente; siempre es el resultado de un esfuerzo de la inteligencia".
John Ruskin


La mayor parte de las preguntas y las dudas por correo electrónico, msn..., se centran en la Constitución. En parte es normal que así sea pues hay muchos conceptos que, hasta este curso, apenas habían sido abordados, principalmente conceptos de Derecho político. Vamos a recapitular aquí, en público, siete de las más frecuentes:

1. Diferencia entre estado confesional y estado aconfesional: es muy sencilla. En un estado confesional, el estado tiene religión oficial, y obviamente ésta un status privilegiado en relación con otras. Incluso la vinculación o no a esa religión puede determinar el gozar o no de ciertos derechos ciudadanos. La Constitución española de 1876, la de la Restauración, eran confesionales católicas. La de 1931, de la Segunda República, era laica. Ya no sólo había separación Iglesia-Estado, es que la relación para el estado es la propia de una asociación común. Por ejemplo, se prohibía a las confesiones religiosas el ejercicio de la enseñanza. La Constitución de 1978 está a medio camino. Igual que la de la Segunda República, reconoce una escrupulosa separación Iglesia-Estado. No obstante, el artículo 16 de la CE actual, además de reconocer esta separación y la libertad religiosa y de conciencia, también recoge la obligación de los poderes públicos de promover relaciones de cooperación con las confesiones religiosas. Por especial consideración histórica y social, además, la CE de 1978 recoge una mención específica a la Iglesia Católica, primera beneficiada de esas relaciones de cooperación. Por ejemplo, en ese marco, hay que entender los Acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede de 1979, que venían a sustituir al Concordato de 1953. Hoy, no obstante, el tema sigue siendo polémico y el Gobierno actual estudia la posibilidad no sólo de revisar esos tratados sino también la existencia de manifestaciones públicas oficiales donde pueda no haber neutralidad religiosa. Es un tema que, por fortuna, no genera la polémica y violencia de etapas pretéritas de nuestra Historia, pero sigue ahí presente.

2. ¿Qué es realmente el estado autonómico?: el Estado español reconocido en la CE de 1978 se dota "territorialmente" de una estructura autonómica. Desde el punto de vista de la teoría política, podemos decir que el "estado autonómico" es un estado unitario pero descentralizado políticamente. No es ni un estado unitario centralizado, con un único gobierno, como lo fue el país durante la Dictadura de Franco, la Restauración..., pero tampoco es un estado federal, donde un conjunto de territorios se federan, cada uno con la condición de estado, para dar lugar a un supraestado o estado federal. Este último modelo apenas ha tenido vigencia en España (sólo se planteó en la Constitución federal de la Primera República) y es defendido, en parte, por algunos nacionalistas y cierto sector de la izquierda. El estado autonómico tiene su antecedente histórico en la Segunda República, donde el problema regional se resolvió con la concesión de Estatuto de Autonomía a algunas regiones, como Cataluña. La base de formulación del estado autonómico se fija en el art. 2 de la CE y se desarrolla en el Título VIII. El punto de partida es que España es una nación (única) constituida por nacionalidades y regiones. El término nacionalidades es y fue entonces polémico y hemos de asociarlo, en principio, a aquellos territorios que gozaron de estatuto de autonomía durante la Segunda República. Hoy el término se ha extendido a otros territorios, por ejemplo, Canarias. La propia Constitución en el art. 2 reconoce la existencia de un derecho de esas regiones y nacionalidades a la autonomía. Es un derecho dispositivo -o sea, voluntario en su ejercicio, puede ejercerse o no- y tiene como límite la solidaridad interterritorial, además de obviamente la unidad del estado. Todas las regiones y las nacionalidades ejercieron en su momento ese derecho a la autonomía y, a través de la aprobación de su norma básica (Estatuto de Autonomía), se constituyeron en Comunidades Autónomas. Las vías de acceso, complejas, se recogen en el Título VIII de la Constitución. Como consecuencia de ello hoy existen 17 comunidades autónomas -todas con Gobierno y Parlamento propios, el primero con función ejecutiva y el segundo con legislativa- y 2 ciudades autónomas, sin Parlamento, Ceuta y Melilla. El Estatuto de autonomía de cada una de ellas no sólo define su territorio, instituciones..., también recoge sus competencias que, en todo caso, tienen como límite las reconocidas para el Estado en la propia Constitución. Como desarrollo de la Constitución, el estatuto de autonomía adopta la forma de ley, por lo que la aprobación final corresponde a las Cortes Generales. En este caso, además, se exige la forma de ley orgánica, pues se consideró que se trata de un desarrollo fundamental de la Constitución. La ley orgánica se diferencia de las ordinarias en que la votación final de aprobación exige el voto afirmativo de la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados.

3. ¿Cómo se organizan los poderes del estado? El poder judicial: los tres poderes son el judicial, el ejecutivo y el legislativo. Como régimen democrático liberal, se basa en el principio de separación de poderes. No obstante, la separación no es total y hay órganos del estado que comparten funciones de dos poderes. El poder que se configura con un carácter más singular y separado es el judicial. Compete a éste intepretar la ley en caso de conflicto o controversia, y opera como una garantía del estado de derecho, o sea, del sometimiento de todos (poderes del estado, ciudadanos...) a la Constitución y a las leyes. Éste poder es ejercido por jueces y magistrados, y goza de un órgano propio de gobierno -separado del Gobierno del estado- para garantizar más aún si cabe su independencia: el Consejo General del Poder Judicial. El órgano jurisdiccional máximo del Estado español, o sea, al último al que se puede recurrir, es el Tribunal Supremo. Otra cosa es que quepa interponer recursos ante otros órganos judiciales internacionales -cuya jurisdicción es aceptada por España conforme a tratados internacionales- o en el caso de los ciudadanos, interponer recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que aunque se denomina tribunal, no es un órgano judicial.

4. ¿Cómo se organizan los poderes del Estado? El poder legislativo: este poder tiene como misión la elaboración y la aprobación de las leyes del estado. En nuestro sistema, éstas se presentan como desarrollo de la Constitución. Nada contenido en ellas puede contradecirla, y tal como hemos visto es el Tribunal Constitucional el órgano del estado, no judicial, que se encarga de efectuar la interpretación última de la Constitución. El poder legislativo corresponde al Parlamento, que recibe en España el nombre de Cortes Generales. El parlamento español, como en la gran mayoría de estados del mundo, es bicameral: Congreso de los Diputados (cámara baja) y Senado (cámara alta). Ambas cámaras intervienen en el proceso de elaboración y aprobación de las leyes, pero no en plano estricto de igualdad, siendo prevalente en último caso la decisión del Congreso de los Diputados. Las Cortes Generales no tienen sólo la función legislativa. También ejercen otras como la elección de miembros de determinados órganos del Estado (magistrados del Tribunal Constitucional, miembros del Consejo General del Poder Judicial, Defensor del Pueblo...). También, en un sistema como el nuestro, con forma de gobierno de monarquía parlamentaria, el parlamento ejerce una función importantísima de control de la acción del Gobierno (poder ejecutivo). Hay responsabilidad parlamentaria del Presidente del Gobierno. De hecho es una de sus cámaras, el Congreso de los Diputados, quien lo elige. Un aspecto importante es también considerar que no todas las leyes en España salen de las Cortes Generales. En el ámbito de sus competencias, las comunidades autónomas, a través de sus parlamentos, también pueden aprobar leyes. Incluso, aunque no tienen la forma de ley, el mismo Gobierno puede ejercer funciones legislativas cuando, por ejemplo, en circunstancias de urgencia y gravedad justificadas, aprueba los denominados Decretos-ley, norma que sin ser ley, tienen su rango (importancia), aunque en este caso se exige convalidación (ratificación) por el Congreso de los Diputados de esta norma en un plazo corto.

5. ¿Cómo se organizan los poderes del estado? El poder ejecutivo. Comúnmente conocido como Gobierno, en España no sólo hay un gobierno central, también llamado comúnmente Gobierno de la nación, que tiene la más alta dirección política del estado español y asume en exclusiva la representación internacional del estado. También hay gobiernos autonómicos, que ejercen las funciones ejecutivas en el ámbito de su competencia reconocida. En España se ha superado totalmente el modelo de monarquía en la que el jefe de estado (rey) ejercía funciones ejecutivas (de gobierno), como por ejemplo sucedía en la Restauración. El Jefe del Estado sólo asume funciones de representación del estado, no ejecutivas, y las formales siempre se han de hacer de conformidad a lo dispuesto por el Gobierno de la nación. Al ser el nuestro un sistema parlamentario (monarquía parlamentaria), corresponde a las Cortes Generales no sólo el control del Gobierno, sino también la elección del Presidente del Gobierno. Esta última función sólo la ejerce el Congreso de los Diputados y lo hace, en primera votación, por mayoría absoluta, siendo suficiente la mayoría simple en segunda votación. El Presidente del Gobierno tiene competencias muy reforzadas en el sistema español. De hecho puede nombrar y destituir libremente a sus ministros. Puede disolver las Cortes Generales antes del plazo, cuatro años, de la legislatura. Incluso, aunque la Constitución española contempla la opción de moción de censura, ésta es constructiva, conforme al modelo alemán, de modo tal que para salir adelante no sólo se exige mayoría absoluta sino también la presentación de un candidato alternativo. Si sale adelante la moción, automáticamente ese candidato pasa a ser Presidente del Gobierno. De hecho, realmente es el Gobierno y el partido que lo dirige el que determina sobremanera la función de las Cortes Generales de control político. Tanto es así que las elecciones generales (a Cortes Generales) se convierten en una elección indirecta de Gobierno. Los electores, con su voto, ya predeterminan su voluntad en relación con la elección de Presidente del Gobierno.

sábado, 7 de junio de 2008

Repaso de contenidos y errores: Manifiesto de la Corona

La oportunidad se deja alcanzar sólo por quienes la persiguen.
H. Jackson Brown

No se trata de comentar el Testamento de Franco, pronunciado ante las cámaras de TVE por el entonces Presidente del Gobierno, Arias Navarro, sino de hacerlo del discurso que pronunció el actual Rey, don Juan Carlos de Borbón, ante las Cortes Españolas y el Consejo del Reino, el día 22 de noviembre de 1975, comúnmente conocido como Mensaje de la Corona. Asume en ese momento la Jefatura del Estado y lo hace de conformidad a la legalidad franquista recogida en las Leyes Fundamentales del Reino. Es trata de un momento crucial en la Historia de España: dos días antes había fallecido el General Franco, quien había sido Jefe de Estado durante cuarenta años y cabeza superior de un régimen dictatorial que, de hecho, pretende prolongarse a través de la instauración -que no restauración- de una monarquía autoritaria en Juan Carlos I: la monarquía del 18 de Julio o del Movimiento Nacional.

Las palabras de don Juan Carlos de Borbón, parte de ellas, son objeto de uno de los comentarios de la opción 2 de la PAU de este año. ¿Qué pretendía el Rey con ellas? ¿Qué línea política se defiende? Precisamente la dificultad del texto estriba en que ambas preguntas no tienen una respuesta muy directa. Hoy sabemos inequívocamente que el actual Rey pretendía impulsar un proceso de reforma por el cual se pasase en un plazo corto de la institucionalidad franquista a un régimen democrático, precisamente a través de cambios en el propio régimen conforme al cual asumía la Jefatura del Estado. Pero eso no estaba muy claro en ese momento: muchos españoles, especialmente de la oposición democrática, veían a don Juan Carlos como un continuador de Franco. De hecho fue éste quien, en 1969, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Sucesión de 1947, lo había designado su sucesor. No obstante, una lectura atenta del texto permite reconocer un acento reformista, al menos en algunos puntos del discurso, atemperado obviamente por el auditorio, en ese momento muy vinculado al recuerdo del General Franco, recientísimamente fallecido. Hay referencias muy directas, por ejemplo, al papel político del Ejército -institución con un peso enorme en la Dictadura y a la cual Franco había encomendado obediencia al nuevo Rey-, a la confesionalidad de la Corona, elogios al legado político y de prosperidad económica del franquismo. Aún así los franquistas más recalcitrantes, aquellos que no deseaban ningún cambio sino la continuidad de la Dictadura, el búnker, no terminaban de convencerse de la lealtad de Juan Carlos I al pasado. No se equivocaban.

Aunque el Rey quería impulsar la reforma con cierta rapidez, y de hecho las propias atribuciones de Jefe de Estado que le otorgaba la Ley Orgánica del Estado eran muchas y le facilitaban el paso, tuvo que actuar con prudencia cuando no con dificultad. Sobre esos esfuerzos han de girar las consecuencias del texto. Dentro del régimen contó pronto con el apoyo de Torcuato Fernández Miranda, al que colocó como Presidente de las Cortes Españolas. Pero tuvo que mantener a Arias Navarro, el último Presidente del Gobierno con Franco. Sí logró forzar un cambio ministerial en el que colocó a algunos ministros reformistas como Areilza, Ossorio, Fraga... No obstante, este gobierno no fue capaz de impulsar un plan sólido de reforma política. La oposición democrática estaba, a su vez, más movilizada y unida que nunca, ahora agrupada en la Platajunta. Don Juan Carlos confluyó que era imprescindible un cambio: en julio de 1976 relevó a Arias Navarro por un nuevo Presidente del Gobierno, Adolfo Suárez. Hombre joven per que había hecho su carrera política vinculada al régimen, pronto destacó por su audacia. Een el otoño de 1976 logró algo hace meses casi impensable: que las propias Cortes Españolas (franquistas) aceptasen su propio suicidio político, en este caso, la aprobación de una octava Ley Fundamental, la Ley para la Reforma Política, que sentaba las bases de elecciones generales democráticas y pluripartidistas, elecciones que acabaron celebrándose en junio de 1977, con participación de prácticamente la totalidad de partidos políticos, incluido el PCE, y que operó como el punto de partida o arranque del proceso constituyente que concluyó con la aprobación de la Constitución actual en 1978.

jueves, 5 de junio de 2008

Repaso de contenidos y errores: La Transición


Sencillo, ¿verdad? Hubo mucha preocupación en las elecciones generales de 1977, después de la Dictadura, de que todo saliese bien, que ninguna voluntad se malograse por un problema formal. Televisión Española se volcó en la formación política mínima de la que carecían los españoles.

Uno de los temas objeto de evaluación en la prueba PAU es La Transición Democrática. En clase le hemos dedicado bastantes semanas, pero no está de más repasar aquí algunos de los conceptos fundamentales, principalmente aquellos que suscitan má duda.

1. La Transición no tiene una cronología única para la totalidad de los historiadores. Nosotros seguimos la interpretación conforme a la cual su inicio arranca de la muerte de Franco, en noviembre de 1975, y concluye en octubre de 1982 con la victoria del PSOE en las terceras elecciones generales -segundas constitucionales- y el acceso consiguiente de Felipe González a la Presidencia del Gobierno. Si tomamos esta interpretación como referencia, nuestro caso, el periodo se subdivide en cuatro fases: Primer Gobierno de la Monarquía (noviembre de 1975 a julio de 1976), donde ya Juan Carlos I es jefe del estado (conforme a la legalidad franquista) y Arias Navarro sigue de Presidente del Gobierno, quien fracasa en sus planes tímidos de reformismo; Segundo Gobierno de la Monarquía o Gobierno reformista de Adolfo Suárez (julio de 1976-junio de 1977), la fase decisiva de la Transición en la que el Rey sustituye a Arias Navarro por Adolfo Suárez en la Presidencia del Gobierno y ambos, con el apoyo de Fernández Miranda como Presidente de las Cortes Españolas, desmonta el franquismo y de forma acelerada y en parte -sólo en parte- pactada con la oposición democrática se sientan las bases de la convocatoria de las elecciones generales de junio de 1977; Periodo constituyente (junio de 1977-marzo de 1979), ya plenamente democrático y dominado no sólo por la continuidad de Suárez al frente del Gobierno, ahora como máximo dirigente de UCD, sino también por la elaboración y aprobación de la Constitución de 1978; finalmente, Primera legislatura constitucional (marzo de 1979-octubre de 1982), dominada en este caso por la vigencia ya plena de la CE de 1978 y su inicial desarrollo a través de leyes, sigue gobernando UCD, aunque son dos los presidentes del gobierno del periodo, Suárez hasta febreo de 1981, y Calvo Sotelo a partir de ese momento hasta el final del periodo.

2. Discusión alrededor de los conceptos reforma y ruptura. No debemos agotarnos en esta polémica pues ni siquiera entre los historiadores hay acuerdo. Entendemos como reformista la línea defendida por una parte de los franquistas conforme a la cual, muerto Franco, era necesario "reformar" el régimen (especialmente a través de profundos cambios en las Leyes Fundamentales) para llevar el país a un régimen democrático, en esta línea estaba el propio rey Juan Carlos I, y después se significarán por su papel a la cabeza de instituciones del estado, Adolfo Suárez (Presidente del Gobierno) y Fernández Miranda (Presidente de las Cortes Españolas). En cambio, la propuesta de transición de la oposición democrática, recogida en la Plataforma de Convergencia Democrática, en la Junta Democrática, y desde 1976 en la Platajunta, es la ruptura democrática: llegar a la democracia a través de un periodo constituyente que rompa con cualquier vínculo institucional previo con el franquismo. Se constituiría un gobierno provisional que convocaría elecciones generales para unas Cortes constituyentes. ¿Qué sucedió realmente? Realmente las dos cosas, de ahí que muchos hablen de ruptura pactada o reforma pactada, dependiendo del hincapié que se haga en cada uno de los elementos del proceso. Lo cierto es que el Gobierno reformista de Suárez (julio de 1976-junio de 1977) se puede decir que el proceso se impulsó desde la reforma: fueron las propias Cortes franquistas (Cortes Españolas) las que aprobando la Ley para la Reforma Política enmendaban de plano las Leyes Fundamentales anteriores y sentaban las bases de su propio suicidio pues la Ley fijaba las condiciones de celebración de unas elecciones generales democráticas pluripartidistas. Aprobada la Ley para la Reforma Politica, incluso ratificada popularmente en referéndum, lo cierto es que parte del desarrollo previo a la celebración de las elecciones generales de junio de 1977 el Gobierno de Suárez lo pactó con la oposición democrática, principalmente la negociación de los partidos politicos, PCE incluida. Una vez celebradas las elecciones generales de junio de 1977, que no se convocaron con ninguna consideración de constituyentes -o sea, que la tarea de éstas fuese la elaboración de una constitución-, lo cierto es que finalmente adquirieron el papel de tal. Los diputados y los senadores, con el respaldo del Rey, acordaron que esas Cortes Generales, democráticas ya, asumiesen la tarea de elaborar y aprobar una constitución.

3. Al elaborar el ensayo uno de los aspectos que más se descuida son los sociales y económicos. Hacemos muy mal si no los recogemos pues son fundamentales, con independencia de que es el cambio político el que caracteriza el periodo. Desde el punto de vista económico, se vivieron muy de cerca los efectos de la Crisis del petróleo de 1973, que afectó de forma muy profunda a España, país con gran dependencia energética del exterior. Bruscamente cesaron los años de prosperidad del desarrollismo franquista. El paro creció y la inflación se disparó. El primero de los problemas apenas pudo resolverse, hasta muy avanzados los años ochenta. En el caso de la inflación, para su contención, fue decisiva la firma de los denominados Pactos de la Moncloa en 1977, compromiso refrendado por sindicatos (ya de clase), partidos políticos, gobierno y organizaciones empresariales. Desde el punto de vista social es particularmente destacable la liberalización de costumbres que trajo la Transición frente a la rigidez de la Dictadura en temas de moral: se suprimió definitivamente la censura, la legislación rompió con la situación de discriminación de la mujer y acabó legalizándose el divorcio. En el ámbito cultural destacó sobremanera la abierta utilización que ya se podía hacer de las lenguas distintas al castellano, uso social que llegó también al ámbito oficial y educativo.

miércoles, 4 de junio de 2008

Repaso de contenidos y errores: La Junta Democrática

Probablemente el texto más lucido de los que entran en el examen PAU es éste porque aquél o aquella que domine bien el temario puede demostrar en él sus conocimientos. Tampoco es texto difícil desde el punto de vista de la ordenación del análisis y comentario: es suficiente con seguir la ordenación de los puntos del programa.

1. Ha de quedar muy claro el autor, colectivo, una plataforma o asociación de organizaciones políticas, sindicales y sociales de oposición al franquismo que se constituye "en el exilio" (exterior) y "en la clandestinidad" (interior) para luchar contra el franquismo. De entre todas esas organizaciones destaca el PCE (Partido Comunista de España) y su máximo dirigente, Santiago Carrillo. En esos momentos el PCE y CC.OO., sindicato bajo su influencia, son las organizaciones más poderosas y mejor organizadas de la oposición. Además el PCE apuesta abiertamente por la vía democrática parlamentaria, se ha sumado a la corriente eurocomunista, y se ha distanciado en parte -no del todo- de la URSS. Además del PCE, destaca la presencia de politicos monárquicos juanistas, seguidores de don Juan de Borbón, en ese momento inequívocamente enfrentado con Franco. Entre éstos últimos destaca el intelectual miembro del Opus Dei, Calvo Serer, intelectual que había alcanzado gran relieve con motivo del caso del Diario Madrid.

2. La idea y la intención están estrechamente vinculadas: presentar un programa de qué medidas se necesita adoptar para que el país pase de la Dictadura a la democracia. Tengamos en cuenta que estamos en los últimos meses de Franco en vida y es evidente que la situación del régimen, especialmente tras el asesinato de Carrero Blanco se ha debilitado mucho.

3. Más allá de la necesaria identificación de las propuestas de la Junta Democrática y su comentario, es necesario tener en cuenta que este programa se plantea una vía hacia la democracia basada en la ruptura, o sea, que la nueva democracia surja a partir de un proceso constituyente que no tenga ningún vínculo con la Dictadura. El modelo es muy reciente y cercano: la Revolución de los Claveles de Portugal, abril de 1974.

4. El análisis de los distintos puntos ha de partir siempre de una triple perspectiva: qué defiende la Junta Democrática ante cada tema (se recoge en el texto), qué había y qué fue finalmente lo que se logró durante la Transición. Curiosamente lo que sorprende es que casi todo lo propuesto se acaba cumpliendo en la Transición, pero la vía no va a ser precisamente la ruptura, sino la reforma. Además, nunca se cumplirá la propuesta de convocar un referéndum sobre la forma de gobierno (república vs monarquía). Esa propuesta de la JD hay que entenderla en el contexto de la cercana muerte de Franco y la sucesión en Juan Carlos I (en principio, monarquía autoritaria del 18 de Julio). En la Junta Democrática el antijuancarlismo es fortísimo pues se le asocia con el Dictador y se piensa que va a prolongar la Dictadura: los juanistas aspiran a una monarquía parlamentaria con don Juan de Borbón; los comunistas y el resto de la izquierda y muchos nacionalistas quieren una república. Al final en la Transición no se cuestiona la monarquía y la jefatura de Juan Carlos I, y la Constitución Española de 1978 reconoce la monarquía parlamentaria como forma de gobierno.

5. De entre los puntos a comentar, quizá por su relación tan estrecha con la política exterior, conviene analizar el que solicita la integración española en Europa. Es en parte equívoco y puede dar lugar a interpretaciones confusas. De una parte, se pide el ingreso en la CEE. En ese sentido el PCE, en principio reticente al proceso de integración en la CEE, cambia su criterio pues el resto de la oposición democrática española es muy europeísta -recordemos el pronunciamiento del Congreso del Movimiento Europeo de Munich (contubernio) de 1962-, aunque en cambio en el tema de la Guerra Fría aboga claramente porque España abandone su vinculación con EE.UU: y sea neutral en el enfrentamiento entre los dos bloques. En general, la izquierda en España será bastante neutralista frente a la orientación atlantista del centro (UCD) y derecha (AP), orientación ésta última que se acabó imponiendo cuando España ingresa en la OTAN en 1982 siendo Presidente del Gobierno Leopoldo Calvo Sotelo.

6. Otro punto también muy relevante del programa es en el que se pide la legalización "de todos los partidos políticos sin exclusión". En el franquismo, como hemos visto, sólo había un partido. No obstante, la alusión de la Junta Democrática a que no haya "exclusiones" en el futuro proceso de legalización de partidos se hace con el pensamiento puesto en el PCE porque algunos de los proyectos teóricos de democratización del país, principalmente los promovidos por los reformistas franquistas, con apoyo externo de EE.UU., confían en una transición sin PCE, siguiendo el modelo de la República Federal Alemana donde los comunistas eran un partido prohibido.

Repaso de contenidos y errores: Ley Orgánica del Estado

Este maño -aragonés- homenajea a Franco con una jota desde Televisión Española en el denominado Día del Caudillo. Esa celebración obviamente ha desaparecido. Conmemoraba la proclamación -más bien autoproclamación- de Franco como Jefe del Estado en Burgos el 1 de octubre de 1936. Oficialmente se denominaba Día de la Exaltación del Caudillo y era día feriado, o sea, festivo. Además del 1 de octubre también eran feriados el 18 de julio, Día del Alzamiento Nacional -conmemoración de la sublevación militar que dio origen a la Guerra Civil el 17-18 de julio de 1936-, y el 1 de abril o Día de la Victoria. Los funcionarios, igual que hoy reciben una paga extraordinaria el día de San Juan, 24 de junio, entonces no sólo los funcionarios sino todos los trabajadores recibían la paga extraordinaria el 18 de julio.

El comentario del artículo 6 de la Ley Orgánica del Estado nos remite al 1 de octubre de 1936. Es un texto muy sencillo de analizar, pero de igual modo son algunos los fallos conceptuales que suelen surgir y que sería bueno aclarar:

1. La LOE, Ley Orgánica del Estado, es una de las Leyes Fundamentales del Reino (normas superiores del régimen franquista). En ningún modo, ni ésta ley ni el conjunto de Leyes Fundamentales constituyen una constitución pues no cumplen la función básica de toda constitución de actuar como "límite" a los poderes del estado. Por definición intrínseca, una dictadura es opuesta o contraria a la separación de los poderes del estado, ni tampoco admite límites a la voluntad última del dictador, en este caso, Franco.

2. El artículo 6 lo que delimita son las funciones y atribuciones del Jefe del Estado, en el estado mismo, pero también como máxima autoridad del Movimiento Nacional, entramado de organizaciones sociales y políticas -la más relevante el partido único, Falange Española Tradicionalista y de las JONS- del régimen. La confusión es tal que comúnmente el partido único -nunca en el franquismo hubo pluripartidismo- suele denominarse como Movimiento Nacional (el Movimiento). La intención última es "aclarar" las funciones de los órganos del estado hasta entonces confusamente distribuidas y concentradas en Franco conforme a su propia voluntad a partir de los poderes asumidos durante la Guerra Civil en la retaguardia del Bando Nacional. En ese sentido hay dos hitos muy significados: la proclamación como Jefe de Gobierno y máxima autoridad militar (Generalísmo) en Salamanca a finales de septiembre de 1936 por parte de los principales jefes militares sublevados -el 1 de octubre de 1936 el mismo Franco la extiende a Jefe de Estado (exaltación a la Jefatura del Estado)-; y en abril de 1937 cuando Franco dicta el Decreto de Unificación por el cual surge el partido único, Falange Española Tradicionalista y de las JONS. A partir de ese momento todos los partidos y grupos políticos derechistas que le habían apoyado -especialmente Falange y los carlistas- pasan a integrarse en ese partido único de estado. La jefatura del nuevo partido la tiene Franco de forma vitalicia.

3. El objetivo o la finalidad última de la LOE es perpetuar el franquismo a la muerte de Franco: modernizarla, sí, pero sin que el régimen tenga el carácter de dictadura (democracia orgánica, tecnocracia...). En ese campo durante los sesenta los tecnócratas habían modernizado las estructuras adminstrativas del régimen. De otra parte urgía ya resolver el problema sucesorio abierto hacía mucho tiempo por Franco cuando a través de la Ley de Sucesión declaró que España era un reino pero que el sucesor suyo, a título de rey, aún no se designaba. Cuando se aprueba la LOE, de hecho, sigue sin estarlo. Habrá que esperar a 1969 para que Franco designe, con posterior ratificación de las Cortes Españolas, de don Juan Carlos de Borbón como sucesor a título de rey en la Jefatura del Estado (monarquía del 18 de Julio o del Movimiento Nacional).

4. Un error frecuente es confundir esta Ley, Ley Orgánica del Estado, con las leyes orgánicas, tipo de ley que se puede aprobar en el marco del actual sistema constitucional. Son radicalmente diferentes. La ley orgánica como "tipo legal" es un desarrollo de la CE de 1978 que afecta a determinadas partes (preceptos, contenidos...), que requieren especial protección... Eso se traduce en la exigencia de que para su aprobación final se cuente con el voto favorable de la mayoría absoluta (mitad más uno) de los diputados del Congreso de los Diputados, actualmente 176 diputados. Obviamente son asuntos radicalmente diferentes.

5. Sabiendo como sabemos cuál es la intencionalidad de la Ley Orgánica del Estado, para plantear las consecuencias es necesario preguntarnos hasta qué punto se cumplió el objetivo pretendido de modernizar la dictadura y favorecer el mantenimiento de la dictadura tras la muerte de Franco. En ese sentido, a corto plazo, cumplió su función pues no sólo facilitó la designación de don Juan Carlos de Borbón como sucesor -saltándose la línea de sucesión dinástica en don Juan de Borbón-, sino que incluso conforme a ella pudo nombrarse en 1973 al primer Presidente del Gobierno, el almirante Carrero Blanco. Pero pronto se demostró insuficiente e inapropiada pues los deseos de democratización, incluso de parte de la clase politica franquista, resultarán imparables tras la muerte de Franco. No obstante, conforme a lo dispuesto en las Leyes Fundamentales, Juan Carlos de Borbón asumirá la Jefatura del EStado en 1975 (Manifiesto de la Corona), y gracias también a los muchos poderes que le atribuía al Jefe del Estado las Leyes Fundamentales, el Rey pudo impulsar el proceso de reforma, el tránsito a la democracia desde el cambio de las leyes franquistas. El mejor ejemplo de ello es la aprobación de la siguiente Ley Fundamental a la LOE, la Ley para la Reforma Política, en 1976, que supuso de hecho el suicidio del franquismo pues fijaba las bases de celebración de unas elecciones generales democráticas (junio de 1977) que permitieron el retorno a los españoles de la soberanía nacional o popular, la capacidad de decidir por sí mismos, sin ninguna tutela, su futuro político como sociedad.

lunes, 2 de junio de 2008

Repaso de contenidos y errores conceptuales: el franquismo II

El que la sigue la consigue.
Refrán castellano



No todas las asignaturas de Franco en su último periodo de la Dictadura salieron tan mal como la de Gibraltar, pese a José Luis y su guitarra. Otros objetivos si los cumplió bien y gracias a ello pudo mantenerse en el poder hasta su muerte.

En un post anterior estuvimos repasando algunos de los temas y conceptos más importantes del Primer franquismo, aquellos que suelen ser objeto de más error en los exámenes desarrollados durante el curso. En esta ocasión vamos a hacerlo con la segunda etapa de la Dictadura, la que va desde 1959 hasta la muerte de Franco en 1975.

SEGUNDO FRANQUISMO (tema)

1. La naturaleza de la Dictadura de Franco básica se mantiene, es una dictadura "militar conservadora" con "elementos fascistas". En los años 60 se abren ciertos cauces de participación , por ejemplo, la elección de procuradores por el tercio familiar según lo dispuesto en la Ley Orgánica del Estado, pero en ningún momento la Dictadura es un régimen pluripartidista. Sólo hay un partido y sólo se puede participar "legalmente" a través de las organizaciones del Movimiento Nacional. Los grupos que hay dentro del régimen es lo que se denominan "familias" pero cuidado, bajo ningún concepto, partidos. Sólo hubo uno desde 1937 hasta principios d 1977, legal se entiende. Los de oposición obviamente no eran legales.

2. A diferencia del Primer Franquismo, principalmente en los cuarenta, donde la oposición es básicamente externa (exilio, condena internacional...) o guerrilla (maquis), ahora será casi exclusivamente interna, asociada a organizaciones clandestinas (sindicatos, partidos, asociaciones profesionales y culturales...). Los grupos más fuertes son CC.OO. (sindicato clandestino que se integró de forma interesada en las estructuras del sindicato vertical para fagocitarlas) y el PCE (en la clandestinidad más absoluta y con dirección en el exilio, con La Pasionaria y especialmente con Carrillo. Los ámbitos de lucha de la oposición democrática más signifcados fueron la universidad y la industria (movimiento obrero). No obstante, la oposición sólo adquiere fuerza "organizativa" a partir de su agrupamiento en lso últimos años del franquismo con la creación de la Junta Democrática (liderada por el PCE, 1974) y la Plataforma de Convergencia Democrática (liderada por el PSOE, 1975). Otra oposición, en este caso no democrática y violenta, es la que protagonizan los grupos terroristas de extrema izquierda (FRAP, GRAPO desde octubre de 1975) y especialmente ETA.

3. Es importante contemplar que la represión franquista se mantuvo muy fuerte también durante este periodo. Es cierto, no obstante, que hubo cierta liberalización en el ámbito de la cultura (cierta tolerancia con el catalán, el gallego...) y la prensa (supresión de la censura previa con la Ley de prensa de Fraga, 1965). Se sustituyó la intervención de la jurisdicción militar en la represión (ahora sólo limitada a delitos terroristas, juzgados por consejos de guerra como el de Burgos de 1970) por un tribunal especial: el TOP (Tribunal de Orden Público).

4. En política exterior hay que contemplar que España sigue siendo un país mal integrado en Europa occidental. Aunque se pretende el ingreso en la CEE, éste es rechazado (denominado Contubernio de Munich, 1962), y se sigue siendo un aliado menor de EE.UU. en la Guerra Fría. Sólo en los setenta, con los ministros de exteriores López Bravo y López Rodó, ambos miembros del Opus Dei, se inicia una cierta apertura al bloque comunista (reconocimiento de China Popular, República Democrática Alemana...), pero no de la URSS, que ha de esperar a 1977.

5. Un cierto éxito de la política franquista se logró en el tema colonial. A diferencia de Portugal, con una descolonización traumática, Franco descolonizó con cierta facilidad el Protectorado de Marruecos (años 50) y Guinea Ecuatorial (1968). En ese contexto se intento bajo presión, sin éxito, la devolución de Gibraltar (cierre de la verja). Donde sí se fracasó, ya en plena agonía del dictador, fue en la descolonización del Sahara Occidental. Por los Acuerdos de Madrid (noviembre de 1975), se cedió su administración a Marruecos y Mauritania, si bien España nunca reconoció ni ha reconocido derecho de soberanía alguno distinto al que le corresponde al pueblo saharaui en ejercicio de su derecho a la autodeterminación.

6. Un tema crucial de este tema es dejar bien claro cuál es la pretensión última de Franco en relación con su sucesión: perpetuar la Dictadura o el régimen franquista a su muerte. En 1947 España fue definida como reino en la Ley de Sucesión, pero habrá que esperar 22 años a que en 1969 el mismo Franco designe a su sucesor a título de rey: Juan Carlos de Borbón. Sólo asumirá de derecho la jefatura del estado cuando muera Franco, en noviembre de 1975. No será ésta una restauración monárquica, sino una instauración (Monarquía del 18 de Julio o del Movimiento Nacional), pues se ha saltado la línea de sucesión dinástica. En derecho, le correspondería asumir ese puesto a don Juan de Borbón, padre de don Juan Carlos de Borbón, e hijo de Alfonso XIII. Si Franco se saltó la línea de sucesión fue por el temor de que éste, tal como había ya expresado en el Manifiesto de Lausana (1945), no siguiese con la línea autoritaria del régimen y diese paso a una monarquía parlamentaria, o sea, una monarquía basada en la soberanía popular.

7. La Ley Orgánica del Estado es el instrumento legal (última Ley Fundamental en vida de Franco) que tiene el régimen para intentar sobrellevar el tránsito tras la muerte de Franco y perpetuar el régimen dictatorial. La base de esa ley -que es objeto de uno de los comentarios, su artículo 6-, es concretar bien cuáles son las funciones de los órganos del estado, especialmente del Jefe del Estado, asumidos de forma casi total y provisional por Franco durante la Guerra Civil en la retaguardia del bando nacional, y que nadie a esas alturas le había objetado. Ahora, cercana ya la muerte de Franco, esas funciones tienen que concretarse más. De hecho se contempla en la LOE la separación de funciones de la jefatura del estado (jefe de estado) de la de jefe de gobierno (Presidente del Gobierno). En el fondo lo que se pretende es institucionalizar a futuro la Monarquía del Movimiento Nacional. En 1973, conforme a lo previsto en la LOE, por primera vez se nombra en la Dictadura un Presidente del Gobierno, Carrero Blanco. Tras su asesinato en diciembre de 1973, la Presidencia del Gobierno la ocupa otro dirigente: Arias Navarro.

8. Un tema crucial de este periodo es subrayar el espectacular crecimiento económico que se produce gracias a la sustitución de la autarquía por una política de liberalización económica que parte de la aprobación del Plan de Estabilización (1959, Ullastres): desarrollismo basado en el principio de la "planificación indicativa" conforme a la cual el estado impulsa la intervención del sector privado en aquellos sectores estratégicos para el desarrollo del país, fomenta la industrialización de regiones deprimidas (polos de desarrollo). No obstante, es una política que aunque logra industrializar el país, este desarrollo es desigual. Incluso se agudizan las diferencias de renta y riqueza entre las regiones. El éxodo rural es muy fuerte -España pasa a ser ya un país eminentemente urbano- y el desempleo no se supera plenamente por lo que muchos españoles emigran, ya no a América, sino a Europa occidental.

sábado, 10 de mayo de 2008

España ingresa en la CEE


La aspiración de España de ingresar en la CEE y contribuir a la construcción de una Europa unida se remonta a su fundación, en 1957 por el Tratado de Roma. No obstante, durante la Dictadura de Franco no fue posible el ingreso pues los estados comunitarios, democracias liberales, no aceptaban el régimen español en su seno. El intento de 1962 se saldó con la condena de España en el Congreso del Movimiento Europeo celebrado en Munich (1962), rebautizado por el franquismo como “contubernio”. Sólo en 1970 fue posible la firma de un Tratado Preferencial que potenció el comercio entre la CEE y España.

A inicios de la Transición se retomaron las negociaciones. Gobernaba entonces Adolfo Suárez y España ya cumplía con el requisito de ser un Estado democrático. Pero no era un camino fácil ni mucho menos. Ya no había obstáculos políticos, pero sí económicos. Italia y especialmente Francia, con sectores económicos (agricultura, pesca...) que veían el ingreso español como una amenaza, pusieron bastantes obstáculos en el proceso de negociación que, no obstante, concluyó con la firma del Tratado de adhesión en 1985 en el Palacio Real de Madrid. Meses después, el 1 de enero de 1986, España y Portugal pasaban a ser miembros de pleno derecho de una comunidad que todavía era CEE y no Unión Europea –habría que esperar al Tratado de Maastricht-, formada entonces por doce estados miembros.

sábado, 3 de mayo de 2008

Leopoldo Calvo Sotelo


Hoy fallecía en Madrid, a los 82 años de edad, el primero de los ex presidentes del gobierno de la democracia española, Leopoldo Calvo Sotelo, quien lo fue desde febrero de 1981, en sustitución de Adolfo Suárez y tras el fallido golpe de estado del 23F, hasta diciembre de 1982, unas semanas después de la apabullante victoria del PSOE en las elecciones generales de octubre de 1982.

Leopoldo Calvo Sotelo fue un ejemplo de reformista, persona que había tenido una trayectoria de segundo nivel en el régimen franquista -Presidente de RENFE, procurador en las Cortes Españolas desde 1971...- pero de ideología monárquica y reformista. En los albores de la Dictadura, supo interpretar junto a otros reformistas como Adolfo Suárez, Torcuato Fernández Miranda, Alfonso Osorio..., la necesidad de llevar el país hacia un régimen democrático desde la subsistencia de la institución monárquica. Fue ministro en el primer gobierno de la Monarquía -con aún Arias Navarro de Presidente-, y en el primero de Adolfo Suárez. Entre otros puestos durante la Transición, ocupó el de Ministros de Relaciones con la CEE, en momentos en los que España, sin éxito, intentaba un rápido ingreso en la organización.


En 1981 fue designado por UCD como sucesor de Adolfo Suárez en la Presidencia del Gobierno tras la dimisión de éste en enero. Cuando se procedía a votar su investidura en el Congreso de los Diputados, se produjo el asalto de Tejero y el inicio del intento fallido de golpe de estado conocido como 23F. Días después fue investido y lideró un gobierno débil que, no obstante, mostró una actitud muy resuelta en defensa de las libertades y la democracia, por ejemplo, cuando forzó la revisión por el Tribunal Supremo de la sentencia del tribunal militar, bastante benévola, con los responsables del golpe de estado, siendo entonces ministro Alberto Oliart. También, con la oposición de la izquierda, logró el ingreso de España en la OTAN. Pactó con el PSOE el desarrollo autonómico, particularmente la polémica Ley Orgánica de Armonización del Proceso Autonómico (LOAPA), que pretendía moderar el desarrollo autonómico y que en buena medida fue declarada inconstitucional, con posterioridad, por el Tribunal Constitucional.

Dividido profundamente UCD, incluso con Adolfo Suárez fuera del partido tras fundar el Centro Democrático y Social (CDS), convocó elecciones generales anticipadas para octubre de 1982. En ellas no fue candidato a la presidencia del gobierno, puesto que cedió a Landelino Lavilla. UCD sufrió una derrota estrepitosa, pasando de 168 a 11 diputados. Ni siquiera Leopoldo Calvo Sotelo, candidato número 2 por la provincia de Madrid, fue elegido.

Abandonó la primera línea de la política española pero siguió ésta con interés. En las elecciones de 1993 y siguientes mostró su preferencia pública por el Partido Popular, partido al que consideró heredero de la tradición democrática moderada de Unión de Centro Democrático, aunque nunca militó en él.



jueves, 1 de mayo de 2008

Estado autonómico y Transición


Una de las novedades que trajo la Transición a España –sólo en parte pues ya las hubo en la Segunda República- es la aprobación de los estatutos de autonomía. Según la Constitución Española de 1978 los estatutos de autonomía son leyes –leyes orgánicas- de desarrollo de la propia constitución: son la norma básica constitutiva de las comunidades autónomas. Dicho en otros términos, son los estatutos de autonomía, una vez aprobados, cuando a partir de ellos surgen las comunidades autónomas.

La Constitución Española de 1978 configura a España como un estado unitario descentralizado políticamente, también llamado por algunos autores como estado regional. No es un estado federal pero tampoco un estado unitario centralizado. Durante la discusión del proyecto de Constitución de 1978 fue un tema muy polémico pues hubo grupos –principalmente izquierda y nacionalistas catalanes-, que defendieron la conversión de España en un estado federal. Incluso el PNV planteó, sin éxito, el reconocimiento de un derecho original del pueblo vasco a la autodeterminación –derechos históricos forales-, en cierto sentido, retrotraer la situación de las provincias vascas y Navarra a la que había con anterioridad a la Primera Guerra Carlista (principios del siglo XIX). Hoy podríamos definir tal vínculo como confederal. En el otro extremo, Alianza Popular y un sector de Unión del Centro Democrático, pensaban que era mejor mantener el modelo de estado unitario centralizado. La solución final –artículo 2- es muy peculiar pues, de una parte, identifica a España como nación, reconoce que el único sujeto de soberanía es el pueblo español (soberanía popular), considerado de forma única e indisoluble, pero esa nación está constituida por regiones y nacionalidades que, además, pueden –derecho voluntario o dispositivo- ejercer un derecho a la autonomía, con el límite de la solidaridad entre todas ellas.

El resultado final (desarrollo del Título VIII de la CE de 1978) ha sido la creación de diecisiete comunidades autónomas, todas con Gobierno y Parlamento con competencia legislativa, y dos ciudades autónomas, Ceuta y Melilla. Ninguna región o nacionalidad ha dejado de ejercer, por tanto, el derecho reconocido constitucionalmente.

miércoles, 23 de abril de 2008

Extrema derecha y Transición



En los últimos años de la Dictadura franquista, la clase política que apoya el régimen muestra signos de división: es lo que comúnmente se denominan las “familias” del régimen que ahora, más que diferenciarse por razones ideológicas como ocurrió en los años treinta y cuarenta (falangistas, carlistas, monárquicos, católicos...), ahora lo hacen en razón de qué planes tienen para el país a la muerte del Dictador. Entre éstos, sin mucho poder directo pero gran influencia, está el que se denomina “búnker” o inmovilistas, partidarios de que tras Franco se mantenga el régimen sin variación. Su lema más conocido es “después de Franco, las instituciones”. Pronto se vieron desbordados, especialmente desde finales de los sesenta, por los denominados aperturistas. Quieren que perdure el régimen, sí, pero modernizado, con ciertos márgenes de libertad y pluralismo político. Su campo de batalla será la defensa del denominado Proyecto de Asociaciones por el cual cabría aprobar la legalización de asociaciones politicas incluso fuera del Movimiento Nacional. Los reformistas propiamente dichos, o sea, los partidarios de que tras la Dictadura se abra paso un proceso de reforma de las instituciones franquistas hacia la democracia, son muy pocos aún antes de la muerte de Franco. Cuando el rey Juan Carlos I ocupe la Jefatura del Estado, su influencia será mucho mayor pues sus planes coinciden con los del monarca.

Volviendo al búnker, cuyos líderes más significados eran Girón de Velasco y Blas Piñar, muerto Franco, se opusieron de forma frontal a la aprobación de la Ley para la Reforma Política, tanto en las Cortes Españolas (noviembre de 1976) como en el referéndum popular convocado en diciembre de 1976, sin éxito alguno. Su principal grupo político fue Fuerza Nueva, convertido entonces en partido político. Varios grupos de extrema derecha franquista se presentaron a las primeras elecciones generales de 1977, y no obtuvieron ni siquiera un escaño. No sucedió igual en las elecciones de 1979 donde, aunque con un resultado muy pobre, sí lograron un escaño –Blas Piñar por Madrid- agrupados en Unión Nacional.

Durante la Transición la extrema derecha alentó varios intentos de golpe de estado militar y fomentó una estrategia callejera de tensión a través de sus jóvenes militantes, algunos de ellos imputados y condenados como autores de atentados como el de los abogados laboralistas de la Calle Atocha de Madrid (enero de 1977). Su programa se basaba fundamentalmente en la crítica de la reforma democrática, particularmente tras la aprobación de la Constitución de 1978, de la creación del estado de las autonomías. También criticó con dureza la supuesta debilidad del estado en la lucha contra ETA. Tras el Golpe de Estado de 1981, la extrema derecha en España sufre un proceso de profunda división y debilitamiento. Hasta la actualidad, ninguna de sus candidaturas ha obtenido representación parlamentaria, ni en las Cortes Generales ni en Parlamento autonómico alguno.

martes, 22 de abril de 2008

La Constitución de 1978



Ahora que estamos estudiando la Constitución de 1978 en clase, tal vez sea el momento de reseñar algunos aspectos relevantes referidos a su elaboración:
1. Es la única constitución española contemporánea de consenso. Por primera vez, casi sin excepciones, los grupos políticos españoles se sumaron al acuerdo general de dotar al país de una constitución compartida por todos. Obviamente, si el acuerdo fue posible, se debió a que nadie impuso condiciones irrenunciables y hubo un verdadero ánimo de pacto o acuerdo. De los grupos políticos representados en las Cortes Generales, sólo el PNV se abstuvo, y algunos diputados, la minoría de Alianza Popular, votaron en blanco o en contra. De hecho su líder de entonces, Fraga, votó a favor además de ser uno de los siete ponentes de la Constitución.
2. Aunque formalmente las constituciones democráticas exigen que su elaboración sea realizada por una asamblea constituyente (parlamento elegido con la voluntad inequívoca por parte de los ciudadanos de que esos representantes son los que van a elaborar una constitución). De hecho eso no sucedió en las elecciones generales de junio de 1977. Fueron las primeras elecciones democráticas desde la Segunda República y se celebraron conforme a lo dispuesto en la Ley para la Reforma Política, ratificada en referéndum. Sólo se pactó algunos aspectos formales, con posterioridad, con la oposición democrática. Una vez elegidas las Cortes democráticas, sin casi excepción, los diputados y los senadores interpretaron el momento político y procedieron a iniciar los trabajos de elaboración de un proyecto de constitución: por tanto adquirieron el carácter de Cortes constituyentes.
3. Aunque fueron los ponentes, siete en total -Gabriel Cisneros, José Pedro Pérez Llorca, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, Gregorio Peces Barba, Miquel Roca, Manuel Fraga y Jordi Solé Tura-, los que elaboraron el anteproyecto de constitución, realmente los temas más espinosos fueron pactados fuera de la ponencia por UCD y PSOE, principalmente a través de sus representantes Abril Martorell y Alfonso Guerra.
4. De los temas más polémicos, tal vez hay alguno que nos puede sorprender hoy, treinta años después, como el del mantenimiento de los tribunales de honor militares, algo totalmente incompatible con el actual estado de derecho y de opinión pública. Aunque los temas de la forma de estado -monarquía vs república- y relación Iglesia-Estado -confesional, aconfesional, laico- habían sido muy polémicos en constituciones anteriores, especialmente en las de 1876 y 931, en esta ocasión no lo fueron tanto ni mucho menos. La derecha ya había asumido claramente la aconfesionalidad del estado -de hecho auspiciada por la propia Iglesia desde el Concilio Vaticano II-, y la izquierda asumió que era impensable y desestabilizador convocar un referéndum preconstitucional sobre la forma de estado, más cuando se comprobaba la inequívoca apuesta de la Corona y del Rey, don Juan Carlos I, por la vía democrática. Más polémica hubo con motivo de la creación de las bases del estado autonómico, donde la inclusión del término "nacionalidades" en el artículo 2 fue motivo de encendida polémica por parte de los grupos políticos más centralistas, especialmente Alianza Popular y, en menor medida, UCD (Unión del Centro Democrático).

lunes, 7 de abril de 2008

Golpe de estado: 23 F



Durante la Transición hubo varios intentos de golpe de estado. Normalmente eran planes de intervención militar urdidos por oficiales que tenían la pretensión de influir políticamente en la gobernación del Estado. El Ejército fue una institución que había gozado de mucho poder e influencia durante la Dictadura de Franco y una parte importante de sus oficiales veían con temor el proceso de apertura democrático abierto. Su atención se centraba en el rechazo al proceso de concesión de autonomías a las regiones y las nacionalidades conforme a lo dispuesto en la Constitución de 1978, y la forma que se seguía para luchar contra el terrorismo. ETA, en esos años, recrudeció su actividad y tuvo a miembros de la Policía, la Guardia Civil y el Ejército como principales blancos. Las acciones golpistas fueron alentadas por grupos políticos de extrema derecha, especialmente por partidos políticos como Fuerza Nueva o diarios como El Alcázar y El Imparcial.

No obstante, el más grave de los intentos fue el producido el 23 de febrero de 1981: el Teniente Coronel Tejero entró con un grupo de guardias civiles en el Congreso de los Diputados e interrumpió la votación de investidura de Leopoldo Calvo Sotelo como Presidente del Gobierno. Mal organizado, el golpe de estado fue desbaratado en horas. La posición del Rey, Jefe de las Fuerzas Armadas, oponiéndose al acto de fuerza, fue determinante en su fracaso. Se detuvo a una veintena de implicados, casi todos oficiales del Ejército, entre los que destacaban Alfonso Armada, antiguo preceptor militar del Rey, y Jaime Milans del Bosch, Capitán General de la Región Militar con cabeza en Valencia.