En los últimos años el debate sobre el uso social, educativo, político e institucional de las lenguas de España ha alcanzado gran relevancia pública, principalmente en aquellas comunidades autónomas con lengua propia distinta al castellano. Algunos partidos, especialmente algunos recientes como Ciudadanos-Ciutadans y Unión Progreso y Democracia, liderado por Rosa Díez, han hecho bandera de la defensa de los derechos de los castellano parlantes en las comunidades autónomas bilingües como Cataluña, País Vasco, Valencia, Baleares, Galicia o Navarra. El Partido Popular, especialmente el Partit Popular de Catalunya, también ha hecho en parte suya esta reivindicación. En los últimos días, la publicación del denominado Manifiesto por la Lengua Común, al que se han adherido a fecha actual casi 100.000 personas, cientos de instituciones, algunas del mundo de la comunicación como TeleCinco y TeleMadrid, y relevantes personajes públicos de la cultura, la ciencia y el deporte, de España y Latinoamérica, ha relanzado el debate. ¿Realmente hay un recorte de los derechos de los castellano parlantes en las comunidades bilingües? ¿La enseñanza y el uso social del castellano en esos territorios corren peligro? ¿Se conculcan los derechos fundamentales de los españoles que no pueden acceder en igualdad de condiciones a la Administración como funcionarios o administrados en las comunidades autónomas referidas? No es nuestra intención, en modo alguno, fijar posición propia, pero sí agregar aquí algunos enlaces que nos permiten conocer argumentos a favor y en contra de esta iniciativa que, de hecho, tiene una profunda significación histórica tal como hemos podido estudiar durante este curso y en próximos.
¿Cómo está regulada actualmente la oficialidad de las lenguas en España?
La primera regulación y superior está, no puede ser de otro modo, contenida en la Constitución Española de 1978.
Artículo 3.
1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.
3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.
No hay una norma básica del Estado que regule el uso oficial del castellano en España. Los estatutos de autonomía de las comunidades bilingües contemplan la oficialidad de sus lenguas autonómicas, normalmente otorgándole el epíteto de “propia”. Se le atribuye, además, una protección especial –justificada en la posición social dominante del castellano-, principalmente en el ámbito de la educación, la Administración autonómica y los medios de comunicación oficiales. Un ejemplo lo tenemos en el reciente Estatuto de Autonomía de Cataluña, de 2006:
ARTÍCULO 6. LA LENGUA PROPIA Y LAS LENGUAS OFICIALES
La lengua propia de Cataluña es el catalán. Como tal, el catalán es la lengua de uso normal y preferente de las Administraciones públicas y de los medios de comunicación públicos de Cataluña, y es también la lengua normalmente utilizada como vehicular y de aprendizaje en la enseñanza.
El catalán es la lengua oficial de Cataluña. También lo es el castellano, que es la lengua oficial del Estado español. Todas las personas tienen derecho a utilizar las dos lenguas oficiales y los ciudadanos de Cataluña el derecho y el deber de conocerlas. Los poderes públicos de Cataluña deben establecer las medidas necesarias para facilitar el ejercicio de estos derechos y el cumplimiento de este deber. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32, no puede haber discriminación por el uso de una u otra lengua.
La Generalitat y el Estado deben emprender las acciones necesarias para el reconocimiento de la oficialidad del catalán en la Unión Europea y la presencia y la utilización del catalán en los organismos internacionales y en los tratados internacionales de contenido cultural o lingüístico.
La Generalitat debe promover la comunicación y la cooperación con las demás comunidades y los demás territorios que comparten patrimonio lingüístico con Cataluña. A tales efectos, la Generalitat y el Estado, según proceda, pueden suscribir convenios, tratados y otros mecanismos de colaboración para la promoción y la difusión exterior del catalán.
La lengua occitana, denominada aranés en Arán, es la lengua propia de este territorio y es oficial en Cataluña, de acuerdo con lo establecido por el presente Estatuto y las leyes de normalización lingüística.
miércoles, 2 de julio de 2008
Publicado por Luis Miguel Acosta en 21:25
Etiquetas: actualidad, constitución, transición democrática
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